SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTOS MUSICALES, DURANTE LOS MESES DE DICIEMBRE DE 2023 A NOVIEMBRE DE 2024
Plazo de presentación solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (Del 9 de mayo al 29 de mayo).
Objeto, finalidad y ámbito de aplicación
Estas subvenciones tienen por finalidad mejorar la dotación de las asociaciones musicales sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana, para enriquecer la oferta musical y la formación de calidad de los músicos valencianos.
Las ayudas se concederán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, en particular en materia de igualdad de género, mediante el régimen de concurrencia competitiva, para adquisiciones que tengan lugar entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024, ambos incluidos.
Estas subvenciones contribuirán a la financiación parcial de la adquisición, hasta un máximo del 65 % de los gastos subvencionables, sin contar el importe del impuesto sobre el valor añadido aplicable (IVA). Y, en ningún caso, en concurrencia con otros ingresos o recursos, podrán superar el coste de la adquisición subvencionada.
Entidades Beneficiarias
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los solicitantes que hayan adquirido o pretendan adquirir instrumentos musicales durante el periodo de la presente convocatoria y cumplan los requisitos siguientes:
a) Que en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria figuren inscritas en el registro que legalmente corresponda, como asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la divulgación y promoción cultural de la música.
b) Que su domicilio social esté radicado en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
c) Que formen parte, como entidad asociada, de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana (FSMCV) o bien que demuestren la existencia y la actividad de una agrupación musical liga-
da a la asociación solicitante, al menos durante los cinco años anteriores a la fecha de solicitud de la convocatoria de ayudas.
Todas las solicitudes se presentarán por vía telemática a través del registro electrónico accesible desde la web del IVC: https://sede.ivc.gva.es/
Publicaciones oficiales en el DOGV: