Subvenciones escuelas de música 2019

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El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado la resolución por la cual se convocan las subvenciones destinadas a escuelas de música y escuelas de música y danza dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2019.

Presentación de solicitudes

La tramitación y presentación de solicitudes se tiene que realizar exclusivamente por medios electrónicos en la plataforma de tramitación de la GVA. El enlace para acceder al trámite es el siguiente: http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=230

Además de realizarse directamente, la tramitación electrónica se puede llevar a cabo mediante un representante autorizado, identificado en el Sistema de Gestión de la Representación de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Comunidad Valenciana.

Las entidades solicitantes custodiarán una copia, en formato PDF, con el justificante del registro de la solicitud y otros anexos que se generen. Esta copia será generada por la plataforma de la Sede Electrónica una vez finalizada y registrada telemáticamente la correspondiente solicitud.

Las dudas relacionadas con el contenido de esta convocatoria serán atendidas, exclusivamente, mediante correo electrónico en sere@gva.es.

Plazos para la tramitación y presentación de solicitudes

– Escuelas de música y escuelas de música y danza inscritas en el Registro de Centros Docentes a fecha de la publicación de esta convocatoria: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, es decir, hasta el 20 de febrero de 2019. El incumplimiento de este plazo determinará la exclusión de la convocatoria.

– Escuelas de música y escuelas de música y danza inscritas en el Registro de Centros Docentes con posterioridad a la publicación de la resolución de convocatoria en el DOGV: del 25 al 29 de marzo de 2019, ambos incluidos. Para poder solicitar la subvención en este plazo, las entidades tendrán que cumplir con lo que se establece en el artículo 2.3 de las bases reguladoras de estas subvenciones. El incumplimiento de este plazo determinará la exclusión de la convocatoria.

Consulta toda la documentación a aportar en el PDF de la convocatoria enlazado en el siguiente apartado.

Documentación

Descarga la convocatoria de las subvenciones. [PDF]

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