La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en uso de las facultades que le fueron delegadas por Resolución del Ilmo. Sr. Presidente, número 1.203, de fecha 4 de agosto de 2015, y en sesión ordinaria celebrada el 19 de diciembre de 2018, aprobó la “XXIV Campanya de Música als Pobles “, con arreglo a las siguientes bases:
Documentación a presentar
Para el abono de la cantidad a que se refiere la base segunda de las bases adjuntas al final de la noticia, además de las comprobaciones que la Excma. Diputación Provincial estime oportunas, las Sociedades Musicales deberán remitir de una sola vez a esta Excma. Diputación Provincial de Alicante, en el plazo de quince días desde la celebración del concierto, o desde la publicación de la Resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, si aquél ya se hubiera celebrado, los siguientes documentos, en el bien entendido que de no cumplir dicho plazo decaerán automáticamente a su derecho al cobro:
a) Factura en formato electrónico librada por la Sociedad Musical con cargo a la Diputación Provincial, en concepto de actuación de la banda de música respectiva el día en que se haya producido el concierto en el lugar previsto y deberá contener, además: Identificación de la Sociedad Musical (Nombre, razón social y CIF de la misma); Identificación de la Diputación Provincial (Diputación Provincial de Alicante. Área de Cultura. CIF: P-0300000-G. c/ Tucumán, 8, 03005-ALICANTE); Número, lugar y fecha de emisión de la factura; y Precio total de la factura (deberá coincidir con el que figure en la resolución, incluyendo, en su caso, el IVA que corresponda)
La factura deberá presentarse a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas FACE con indicación de los códigos correspondientes al ÓRGANO GESTOR, LA UNIDAD TRAMITADORA y la OFICINA CONTABLE que, a continuación se indican:
ÓRGANO GESTOR: LA0002926
UNIDAD TRAMITADORA: LA0002957
OFICINA CONTABLE: LA0002926
No se admitirán aquellas facturas que no se tramiten como electrónicas a través del citado Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas FACE.
b) Certificación en la que, en base a los informes o antecedentes correspondientes, se acredite la fecha y local o lugar en que se haya ejecutado el concierto por la banda de música actuante.
Dicha certificación será expedida por el Secretario del Ayuntamiento o de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana, según corresponda, dependiendo de la titularidad municipal o no, respectivamente, del local o lugar en el que se haya celebrado el referido concierto.
c) Un ejemplar de toda la publicidad gráfica que se hubiera confeccionado, en el que deberá constar expresamente que el concierto de la Banda de Música ha sido sufragado por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, dentro de la “XXIV Campanya de Música als Pobles”, incluyendo el logotipo de la misma.
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